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órdenes de protección

Las Órdenes de protección son emitidas por un juez para protegerlo de otra persona que lo está abusando, acosando, amenazando y/o intimidando, o ha cometido un delito en su contra. Las órdenes de protección se emiten en los casos de violencia doméstica, pero también pueden ser emitidos bajo otras circunstancias.,

tipos de órdenes de protección

  1. Orden de protección de la Corte de familia: una orden de protección de la Corte de familia se emite como parte de un procedimiento civil para detener la violencia que está ocurriendo dentro de la familia o dentro de una relación íntima. Usted puede comenzar el proceso de obtener una orden de protección de la Corte de familia llenando la petición de ofensa familiar.

    para obtener una orden de protección en la Corte de familia, su relación con la otra persona involucrada debe caer en al menos una de las siguientes categorías:

    • cónyuge actual o anterior.,
    • alguien con quien tenga un hijo en común.
    • Un miembro de la familia con quien usted está emparentado por sangre o matrimonio.
    • alguien con quien tienes, o has tenido, una ‘relación íntima.'(Una relación íntima no significa necesariamente una relación sexual. La Corte de familia considerará varios factores tales como, pero no limitado a: «con qué frecuencia se ven o cuánto tiempo se conocen.»)
  2. Orden de protección de la Corte Penal: un asistente del Fiscal de distrito puede solicitar una orden de protección de la Corte Penal en su nombre., Usted no necesita tener una relación íntima o personal con la persona acusada de la ofensa. El juez decide si emite una orden de protección, así como los términos y condiciones.
  3. Orden de protección de la Corte Suprema: se puede emitir una orden de protección de la Corte Suprema como parte de un proceso penal o de divorcio en curso. Si está involucrado en un caso de divorcio en curso y desea solicitar una orden de protección, debe hacer una solicitud por escrito mediante moción u orden para mostrar causa, o una solicitud oral en una comparecencia ante la corte., Si un abogado lo representa en el caso, el abogado puede hacer la solicitud escrita u oral en su nombre. El juez decide si emite una orden de protección, así como los términos y condiciones.

Las Órdenes de protección pueden ser completas o limitadas.

  • Orden de protección temporal: se emite el mismo día en que el denunciante solicita una orden de protección y dura solo hasta la siguiente fecha del Tribunal, momento en el que puede prorrogarse.,
  • orden Final de Protección: una orden final de protección se emite cuando el caso resulta en una condena (ya sea por Declaración de culpabilidad o después de un juicio) en un tribunal penal o en un tribunal de familia después de que un juez determine que se cometió una ofensa familiar.

Las Órdenes de protección pueden ser completas o limitadas.

  • Orden de Protección Completa: una orden de protección completa significa que el sujeto de la orden de protección debe permanecer completamente alejado de usted, su hogar, trabajo y escuela, y no debe abusar, acosarlo o amenazarlo.,
  • Orden de protección limitada: una orden de protección limitada permite al sujeto de la orden de protección mantener contacto con usted. Sin embargo, el sujeto no puede abusar, acosar o amenazar.

hacer entrega Legal de órdenes de protección de la familia o de la Corte Suprema

por razones legales, usted no puede hacer la entrega legal de su propia orden de protección. Las órdenes de protección serán entregadas en la corte por el juez si el acusado/demandado está presente.,

la Oficina del Sheriff de la ciudad de Nueva York puede entregar su orden de Protección Familiar o de la Corte Suprema de lunes a jueves, entre las horas de 3:00 AM y 11:00 PM, y el viernes, entre las horas de 5:00 AM y 11:00 PM este servicio es gratuito. Una vez que la Oficina del Sheriff haya hecho la entrega legal al demandado, le proporcionará una declaración firmada que dice que la entrega Legal se ha completado. Si la Oficina del alguacil no puede entregar la orden de protección después de varios intentos, debe proporcionarle una declaración firmada que incluya las fechas y horas de cada intento.,

Cuando la Oficina del alguacil no está en funcionamiento, el Departamento de policía de Nueva York puede ayudarlo a entregar su orden de protección. Usted debe ir a la comisaría donde vive el demandado y hacer la solicitud.

también puede hacer arreglos para que cualquier persona, incluyendo un familiar o amigo, mayor de 18 años, haga la entrega legal de la orden de protección, siempre y cuando esta persona no sea parte en el caso. La orden de protección debe ser notificado tan pronto como sea posible, y la persona que entrega los documentos deben completar una declaración Jurada de Servicio» tiene notariado y presentado ante el tribunal tan pronto como sea posible., Debe traer la Declaración Jurada cuando regrese a la corte; de lo contrario, el caso puede retrasarse o desestimarse. Una orden de protección temporal no puede entrar en vigor hasta que se notifique.

Una orden de protección no garantiza su seguridad. Es importante que tenga un plan de seguridad si la persona viola la orden de protección. Vea consejos generales de prevención del delito o una planificación de seguridad personalizada detallada.

violar una orden de protección

es un delito violar una orden de protección temporal o final., Si un individuo viola la orden de protección, usted debe reportarlo a la policía. En una llamada de emergencia 911 y el individuo será arrestado. En un caso que no sea de emergencia, usted puede presentar una violación de la orden de protección yendo a una comisaría de policía. Si tiene una orden de protección de la Corte de familia, puede ir a la Corte de familia y presentar la violación, puede reportar la violación a la policía o elegir hacer ambas cosas. Si usted presenta una violación de la orden de protección solo en la Corte de familia, el sujeto que violó la orden podría no ser arrestado. Obtenga más información sobre una orden de protección.

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