conocer y usar sus derechos como inquilino podría ser la diferencia entre conservar o perder su casa. La siguiente información puede ayudarle a comprender sus derechos.
¿qué puedo hacer si tengo problemas con mi propietario?
hable con su propietario. Trate de resolver el problema de una manera que sea justa tanto para usted como para su propietario. Muchas comunidades tienen programas de mediación que pueden ayudar a los propietarios e inquilinos a resolver sus disputas.
¿Por qué mi propietario puede desalojarme?,
La Ley de propietarios e inquilinos de Pensilvania dice que puede ser desalojado si:
- no paga el alquiler;
- no cumple con su parte del contrato de arrendamiento escrito u oral; o
- El tiempo para el que alquiló su vivienda se ha terminado, y el propietario quiere que se mude.
Si tiene un contrato de arrendamiento por escrito, tiene derecho a permanecer en la casa hasta el final del plazo del contrato de arrendamiento, siempre y cuando cumpla con el final del contrato de arrendamiento. Si usted no tiene un contrato de arrendamiento por escrito, en la mayoría de las circunstancias la ley considera que usted tiene un contrato de arrendamiento oral mes a mes., Usted o su arrendador pueden terminar el contrato al final de cualquier mes, por cualquier razón o sin razón.
hay algunas razones para el desalojo que son ilegales?
Sí. Usted no puede ser desalojado:
- Debido a su raza, color, religión, ascendencia, origen nacional, sexo o edad, o la de un miembro del hogar;
- Porque usted o un miembro del hogar o un conocido está discapacitado o utiliza un perro guía u otro animal de apoyo;
- Porque usted o un miembro del hogar está embarazada o tiene hijos.,
Además, no puede ser desalojado por ejercer sus derechos legales (por ejemplo, quejarse de malas condiciones de vivienda a funcionarios locales del código de vivienda) si su propietario está tomando represalias (vengándose de usted) desalojándolo.
También puede evitar un desalojo si puede probar que no pagó el alquiler porque los locales alquilados no eran aptos para vivir. Tendrá que probar que se quejó con su propietario por defectos graves, pero su propietario se negó a hacer reparaciones. Ver folleto aparte: su derecho a un hogar seguro.,
¿Qué pasos debe tomar mi propietario para desalojarme?
su propietario solo puede desalojarlo yendo a la corte, lo que generalmente implica estos pasos importantes:
1. Aviso por escrito. A menos que su contrato de arrendamiento diga lo contrario, el propietario debe darle un aviso por escrito antes de presentar un caso de desalojo en su contra. El aviso le indica cuándo el propietario quiere que se mude. La cantidad de tiempo que el Aviso de desalojo le da para mudarse depende de la duración de su contrato de arrendamiento y la razón por la que se le pide que se mude., Si está siendo desalojado porque no pagó el alquiler, su propietario debe darle un aviso por escrito al menos 10 días antes de presentar un caso de desalojo.
si se le pide que se mude por cualquier razón que no sea el pago del alquiler, su propietario debe darle un aviso por escrito
- 15 días antes de presentar un caso de desalojo, si su contrato de arrendamiento es por un año o menos; o>
- 30 días antes de presentar un caso de desalojo, si su contrato de arrendamiento es por más de un año.,
su contrato de arrendamiento puede dar un aviso más largo o más corto, o ningún aviso en absoluto.
si no se ha mudado en la fecha indicada en el Aviso de desalojo que le dio el propietario, el propietario no puede echarlo. Todavía deben presentar una queja de propietario / inquilino e ir a la corte, como se describe a continuación.
2. Audiencias judiciales. La audiencia de desalojo generalmente será ante un juez de Distrito magistral. Su propietario no puede simplemente mudarlo, bloquearlo o tomar su propiedad personal por su cuenta., Tiene derecho a comparecer en la audiencia ante el juez de Distrito magistral con cualquier testigo u otra evidencia que tenga. Dado que los casos de desalojo se mueven rápidamente, es una buena idea obtener asesoramiento legal antes de su audiencia de desalojo. El propietario debe comparecer en la audiencia y presentar testimonio sobre por qué debe ser desalojado. Si el propietario no se presenta, debe solicitar que se desestime el caso.
3. Apelación. Si pierde en esta audiencia pero tiene una buena defensa, puede apelar a un tribunal superior. Solo tiene diez (10) días para presentar la apelación., Para quedarse en su casa durante la apelación:
- usted debe pagar a la corte cuando presente la apelación ya sea el monto del alquiler en el fallo o el alquiler de 3 meses, lo que sea menor, a menos que pueda demostrar que es un inquilino indigente, en cuyo caso solo se le requerirá pagar 1/3 de su alquiler mensual al Departamento. de los registros de la Corte para presentar la apelación. A continuación, tendrá que pagar los 2/3 restantes dentro de veinte (20) días., Si ya pagó el alquiler del mes en el que apeló o el juez de Distrito Magisterial determinó que no debía alquiler, entonces no tiene que pagar nada para apelar.
- todos están obligados a pagar su alquiler en fideicomiso con el Departamento. de los registros judiciales mientras la apelación está pendiente.
si desea apelar, debe obtener asesoramiento legal de inmediato después de la audiencia., Si no apela, puede ser desalojado por un agente de policía o Alguacil en tan solo 22 días después de la audiencia ante el juez de Distrito Magisterial.
¿puedo detener un desalojo poniéndome al día con mi alquiler?
si el caso de desalojo fue solo por falta de pago del alquiler, puede detener el desalojo en cualquier momento antes de que realmente sea desalojado mediante el pago de la cantidad ordenada por el juez de Distrito Magisterial, incluidas las costas judiciales. Esto se llama el derecho a pagar y quedarse. Tenga en cuenta que los costos de la corte aumentan si el propietario solicita una orden de posesión, por lo que es mejor pagar lo antes posible.,
¿Puede mi propietario simplemente bloquearme sin ir a la corte?
No. Muchos tribunales de Pensilvania han dicho que su propietario no puede desalojarlo por autoayuda, lo que significa cosas como cerrar con candado su puerta, cerrar sus servicios públicos, usar la fuerza para desalojarlo o usar cualquier método de desalojo que no sea ir a la corte.
¿Dónde puedo obtener ayuda para evitar el desalojo porque debo alquiler?
Su Oficina Local de asistencia del Condado puede tener asistencia de refugio de emergencia para las personas que necesitan ayuda para pagar su alquiler o pagar un depósito de seguridad para un nuevo lugar para vivir., Muchas iglesias y agencias comunitarias también pueden ayudar. Debe llamar al 211, la línea directa de United Way para obtener más información sobre la asistencia de alquiler.
Si tiene problemas para encontrar un lugar decente y asequible para vivir, considere solicitar una vivienda subsidiada con su autoridad local de vivienda.
¿estas reglas de desalojo se aplican a todos los inquilinos?
estas reglas no siempre se aplican si un inquilino está siendo desalojado debido a una actividad delictiva relacionada con las drogas en el hogar., En esos casos, el propietario no está obligado a dar al inquilino una notificación por escrito antes de presentar el caso de desalojo, y el caso se puede presentar en el Tribunal de Peticiones comunes en lugar de ante un juez de Distrito magistral.
diferentes reglas también se aplican en otras áreas como el Condado de Filadelfia.
la ley también otorga mayores derechos a los inquilinos de viviendas públicas y subsidiadas y a los propietarios de casas móviles que alquilan espacio en parques de casas móviles. Consulte folletos separados sobre esos derechos o consulte con su oficina de asistencia legal local.
si soy desalojado, ¿puede mi propietario conservar mi propiedad personal?
No., Su propietario debe darle diez (10) días después del desalojo para comunicarse con él y hacerle saber que quiere venir a buscar su propiedad personal. Si se comunica con su propietario dentro de los primeros diez (10) días, entonces su propietario debe almacenar su propiedad personal durante al menos treinta (30) días. Usted debe ir a buscar su propiedad personal dentro de los primeros treinta (30) días o su propietario puede tirarla o venderla.
solo si no se comunica con su propietario dentro de los diez (10) días de haber sido desalojado, entonces su propietario puede tirar o vender su propiedad personal.,
su propietario no puede cobrarle nada por venir a buscar su propiedad personal si lo hace dentro de los primeros diez (10) días. Pero, su propietario puede cobrarle el costo de almacenar la propiedad si viene después de los primeros diez (10) días.