Actos lascivos o lascivos con un niño menor de catorce años: California'extensión de la fuerza bajo la sección 288 del Código Penal

El artículo identifica los elementos de una violación bajo la sección 288(a) como: un acto lascivo o lascivo; cometido en el cuerpo o parte de un niño menor de 14 años; con la intención de despertar, apelar o gratificar la lujuria, las pasiones o los deseos sexuales del niño o perpetrador. El artículo define además los Términos «intención lasciva», «excitación sexual» y «tacto» bajo el estatuto., Un acto del apartado a) del artículo 288 cometido mediante el uso de la fuerza, la violencia, la coacción, la amenaza o la amenaza de graves daños corporales es un delito punible con una pena de prisión de 3, 6 u 8 años. El artículo explora en detalle lo que constituye la fuerza. Se resumen los delitos sexuales incluidos en una violación de la sección 288, así como el daño mental y físico potencial que un niño puede sufrir por un acto lascivo. Se incluyen gráficos que muestran el alcance de la desviación sexual y las consecuencias que un niño pequeño puede soportar. El estatuto de California se caracteriza como progresista., Por último, cabe señalar que los tribunales de California han interpretado el significado de la fuerza en el contexto de los daños últimos causados a un niño, así como las circunstancias de la agresión y la vulnerabilidad del niño víctima. 267 footnotes.

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